En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida por la abogada Gloria Bolívar Peña, en su carácter de apoderada judicial del ciudadano NICOLÁS TOBÍAS LASSER WEFFER, mediante diligencia de fecha 29 de octubre de 2013.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la sentencia definitiva de fecha 23 de octubre de 2013, dictada por el Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de esta Circunscripción Judicial, mediante la cual declaró SIN LUGAR la ACCIÓN MERO DECLARATIVA DE EXISTENCIA DE UNIÓN CONCUBINARIA, intentada por el ciudadano NICOLÁS TOBÍAS LASSER WEFFER, contra la ciudadana LIZ DANIELA CAMACHO ATENCIO.