PRIMERO: se HOMOLOGA el presente acuerdo conciliatorio en el juicio que por INDEMNIZACION POR ACCIDENTE DE TRABAJO, DAÑO MORAL Y LUCRO CESANTE, incoara el ciudadano JUAN RAMON RUIZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V- 4.176.296, domiciliado en esta ciudad de Punto Fijo, Municipio Carirubana del Estado Falcón, en contra de las empresas COSTA NORTE CONSTUCCIONES C.A., HAFRAN SERVICIOS MULTIPLES C.A. Y CONSORCIO PARAGUANA, y se le imparte el carácter de COSA JUZGADA. Así se decide. SEGUNDO: Se declara terminado el procedimiento y se ordena el cierre y archivo definitivo del presente expediente. Así se decide. TERCERO: Una vez que transcurran los lapsos correspondientes y que quede definitivamente firme la presente decisión, se ordena la remisión del presente asunto al Tribunal de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, que le corresponda por distribución a los fines de que archive el expediente. CUARTO: No hay condenatoria en costas dada.....