Este Juez Primero de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley declara con lugar la demanda de modificación de custodia, incoada por el ciudadano José Fernando de Matos Rebolledo, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 12.264.674, asistido jurídicamente por la abogada en ejercicio Lisbeth Díaz Petit, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 64.360, en contra de la ciudadana Mireya Cristina Cambero Cordero, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 11.148.011. En consecuencia se establece, que en lo sucesivo, la custodia de la Adolescente SE OMITE NOMBRE y el Niño SE OMITE NOMBRE, la ejercerá su padre, el ciudadano José Fernando De Matos Rebolledo venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 12.264.674. Quedando amb.....