En razón de los motivos de hecho y de derecho expuestos, este Tribunal impartiendo justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA:
PRIMERO: Parcialmente con lugar la apelación interpuesta por el abogado Freddy Eleodoro Goitía, en su carácter de apoderado de JORGE LUIS SALAS, contra la sentencia dictada el 18 de noviembre de 2003, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Trabajo de esta Circunscripción Judicial, mediante la cual declaró parcialmente con lugar la demanda que por cobro de prestaciones sociales, intentara el apelante contra la OFICINA TECNO INDUSTRIAL, C.A. (O.T.I.C.A.), y parcialmente con lugar la apelación interpuesta por el abogado Rubén Jesús Villavicencio, en su carácter de apoderado de la demandada, contra la mencionada sentencia, la cual se modifica en los términos que quedan expuestos.