Efectuadas las consideraciones anteriores, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Tucacas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: la Falta de Jurisdicción del Juez Venezolano, respecto al Juez Extranjero de conformidad con el contenido y alcance del artículo 59 del Código de Procedimiento Civil, para conocer del juicio por COBRO DE LETRAS DE CAMBIO (VÍA INTIMACIÓN), incoado por los Abogados: FELICIANO MONTES PÉREZ y SIMÓN GABAY CASTRO, debidamente inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 42.876 y 16.746, respectivamente, actuando en este acto con el carácter de Apoderados Judiciales de la ciudadana: SABJA DEL VALLE ASMAD RIVERO, quien es venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.046.022, en contra de la Sociedad Mercantil DOÑA RAMONA C.A. inscrita ante .....