DECISION
En merito de los fundamentos de hecho y derecho antes expuestos, éste
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana y Por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE la demanda por Cumplimiento de Contrato de Opción de Compra Venta, interpuesta por la Ciudadana CARMEN COROMOTO BARRENO DE CALLES, actuando en su propio nombre y de sus co-herederos, en contra de la ciudadana JENNY DE JESÚS RODRÍGUEZ LAMON, todos identificados supra.-
SEGUNDO: Se condena en costa a la parte demandante aplicando el criterio de la Sala Casación Civil, de fecha 30 de Enero de 2012, Expediente AA20-C-2011-000438, con ponencia del Magistrado Dr. Antonio Ramírez Jiménez, caso juicio por cumplimiento de contrato de arrendamiento, PALMINA GILDA FLAMMINI de OCCHIOCHIUSO, vs. PIERR CASSIBE SARKIS.
Publíquese, regístrese
Dada,.....