este Tribunal Segundo de Ejecución de Sentencias y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del estado Falcón con sede en la ciudad de Santa Ana de Coro, conforme a sus atribuciones y competencia previstas en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Pena, DECLARA EXTINGUIDA LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL por cumplimiento de pena del ciudadano JUAN CARLOS MEDINA ARIAS; a quien le corresponde la Cedula de Identidad de la Republica de Colombia 72.197.207, y quien no posee identificación venezolana, y fue condenado a cumplir la pena de DOS (2) AÑOS Y SEIS (6) MESES DE PRISIÓN más las accesorias de ley, por encontrarlo responsable del delito de Trafico Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el Articulo 31 de la Ley Orgánica sobre el Consumo y el Trafico Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio del Estado Venezolano, ello conforme a lo dispuesto en el artículo 105 del Código Penal, 44.5 de la Constitución de.....