Por las normativas y los argumentos antes esgrimidos este Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta:
Primero: Se declara LA EXTINCIÓN DE LA PENA PRINCIPAL Y DE LAS ACCESORIAS, de conformidad con lo establecido en el artículo 48 ordinal primero del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 103 del Código Penal; en la causa penal signada con el Nro IL01-P-2000-00018 seguida al ciudadano quien en vida respondiera al nombre de JOSE LUIS CALDERA, titular de la cédula de identidad N° 15.311.075, por haber operado LA EXTINCIÓN DE LA PENA POR MUERTE y CONSECUENCIALMENTE PONE FIN A LOS EFECTOS DE LA SENTENCIA.
Segundo: Se acuerda notificar al Defensor Público Octavo de esta Circunscripción Abg. Víctor Julio Llamozas y al Fiscal Décimo Séptimo del Ministerio Público, por cuanto la presente .....