habiendo estudiado el caso el Tribunal declara bastante las probanzas evacuadas para asegurarle a los ciudadanos PEDRO EDUARDO ZERPA OLLARVES, PETRA YANETSIS ALVAREZ OLLARVES,JOSE GREGORIO ALVAREZ OLLARVES, ENDIS JOSE ALVAREZ OLLARVES y BERNARDO DEL VALLE ZERPA OLLARVES, suficientemente identificados, el derecho de propiedad y posesión sobre las bienhechurías mencionadas en el escrito de solicitud, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con Resolución Nº 2009-0006 emanada de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, dejando a salvo los derechos de terceros. El ciudadano Registrador se abstendrá de registrar el presente título hasta tanto la parte interesada le consigne la respectiva autorización del propietario del terreno. Devuélvase a los solicitantes original de las presentes actuaciones junto con sus resultas. Cúmplase.----------------------------- .....