CAPITULO VI
DISPOSITIVA
Por todo lo antes motivado y debidamente razonado este Tribunal Segundo de Juicio, actuando en éste acto como Tribunal Mixto en el Circuito Judicial Penal del estado Falcón en su extensión Punto Fijo, en forma UNANIME Administrando Justicia en Nombre de la Republica y por la Autoridad que le confiere la Ley DECLARA que encuentra;
.- AL ACUSADO Oscar Ramiro Lugo Medina, Venezolano, mayor de edad, natural de Punto Fijo estado Falcón, cedulado con el número 7.529.815 residenciado en la avenida RAFEL GIONZALEZ casa Nº 54 esquina Perú de Puno Fijo Estado Falcón, CULPABLE de la comisión del delito de Homicidio Intencional Simple con el supuesto de Error en el Golpe, previsto y sancionado en el artículo 405 en relación con el artículo 68 del Código penal venezolano, por lo que se le Condena a titulo de autor, a cumplir la pena de 12 años de presidio en el establecimiento penal que a bien tenga designar el Juez de ejecución respectivo.
.- Así mismo se con.....