este Tribunal Quinto de Control de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, ACUERDA al Ministerio Público la prórroga contenida en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, por el lapso de 15 días contados a partir del vencimiento de los treinta (30) iniciales, es decir ; dicho lapso comienza a correr desde el día 10 del mes y año que discurre, los cuales vencerán el día 25 de Enero de 2010, a los efectos de que la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público presente el acto conclusivo a que haya lugar.