este Tribunal Unipersonal Primero de Primera Instancia en funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, con sede en la ciudad de Coro, Estado Falcón, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: NO CULPABLE al ciudadano: MISAEL RANGEL NEBRUS MIQUILENA, por los delitos de ROBO AGRAVADO Y PORTE ILÍCITO DE ARMAS, estipulados en los Artículos 458 y 277 del Código Penal respectivamente en agravio de OSWALDO JESUS MADRIZ ROBERTI y el Estado Venezolano y en consecuencia la presente sentencia debe ser ABSOLUTORIA. SEGUNDO: SE ABSUELVE al acusado MISAEL RANGEL NEBRUS MIQUILENA, venezolano, de 25 años de edad, soltero, taxista, nacido en Coro, estado Falcón en fecha 20 de julio de 1.985, hijo de Rangel Nebrus y Nancy Miquilena titular de la cédula de identidad Nº 19.823.553, residenciado en la el barrio 05 de Julio, calle las Palmas, casa sin número cerca de La calle Mapararí, teléfono Nº (0268.....