Por las consideraciones expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, declara: PRIMERO: Hubo pronunciamiento sobre la admisión de las pruebas presentadas y promovidas por las partes LUISA CHIRINOS COLINA, MARIA CASTELLANO DE CHIRINO, ELSA MALDONADO DE VARGAS, ADA ROJAS DE MORILLO y DOMINGA QUINTERO DE COLINA, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 7.470.509, 3.544.352, 3.543.001, 7.479.182 y 3.095.473, de este domicilio, así como las del INSTITUTO NACIONAL DE NUTRICION, ESTADO FALCON. Así se establece.