este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control N°: 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Administrando JUSTICIA en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad conferida en la Ley ACUERDA: Declarar con lugar la solicitud de Medida Cautelar Sustitutiva de la Privación Judicial Preventiva de Libertad presentada por el Ciudadano defensor a los adolescentes IDENTIDADES OMITIDAS a quienes se le sigue la Causa signada bajo el N°: 2CO-096-05 por la presunta comisión de los delitos Lesiones graves y actos lascivos previstos y sancionados en los artículos 415 y 376 en concordancia con el 377 del Código Penal venezolano vigente de conformidad con lo establecido en el artículo 582 literales ?b? y ?c?, de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, que consiste en presentaciones periódicas ante la Oficina de Alguacilazgo adscrito a este Circuito Judicial una vez a la semana ( el día miércoles) y someterme al cuidado y vigilanc.....