Con base a esas apreciaciones y en aras del principio de la Tutela Judicial Efectiva este Tribunal Primero de Control Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: NIEGA LA ENTREGA DEL VEHÍCULO Automotor solicitado por el ciudadano OMAR ENRIQUE CHIRINOS TAMBO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-7.474.166, de este domicilio, asistido en este acto por el Abogado CARLOS AREVALO VARGAS, en su condición de Abogado Asistente; donde solicita la ENTREGA DE UN VEHICULO, el cual presenta las siguientes características: MARCA: Chevrolet, CLASE: Automóvil, MODELO: Malibú, TIPO: Sedan, COLOR: Verde, PLACAS: AKX-927, SERIAL DE CARROCERIA: D1W69ADV107792, por cuanto no demostró ser el propietario del vehículo antes descrito. Notifíquese a las partes de la presente decisión. Así se decide. Publíquese y Regístrese. Cúmplase.
EL JUEZ PRIMERO DE CONTROL
ALFREDO ANTONIO CAMPOS LOAIZA
LA SECRETAR.....