En consecuencia se Acuerda la Autorización solicitada por la defensora pública, para que el acusado EDUARDO JOSÉ RIERA, actualmente recluido en el Internado Judicial, Coro Estado Falcón; acusado en el presente asunto penal, sea Trasladado con la Seguridad del caso y en la brevedad posible, a la Emergencia del Hospital Universitario de esta Ciudad a los fines que sea evaluado, y reciba el tratamiento médico respectivo. Líbrese oficio al Internado Judicial de esta ciudad. Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley.