Por todos los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, previo análisis y examen exhaustivo de todos y cada uno de los alegatos que consta en el presente expediente, este Juzgado Tercero del Municipio Carirubana del Estado Falcón, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la acción de DESALOJO, conforme al literal "b" del artículo 34 de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios, intentada por la ciudadana ROSA MARIA VELA VECINO, en contra de la ciudadana ANA FELIX BRITO DE HERNANDEZ, en consecuencia se ordena la entrega material del inmueble constituido por un local comercial, ubicado en la calle Ecuador Nro. 79-26, entre Arismendi y Libertad, en la ciudad de Punto Fijo; Municipio Autónomo Carirubana del Estado Falcón, comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: con el local Nro. 1; SUR: con la escalera de acceso al apartamento P-A; ESTE: con la calle Ecuador que es su frente y OESTE: con p.....