Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ORDENA REPONER la causa y REMITIR LA TOTALIDAD DE LAS ACTAS QUE CONFORMAN EL PRESENTE ASUNTO PENAL AL JUZGADO TERCERO DE CONTROL DE ESTE MISMO CIRCUITO JUDICIAL PENAL a los fines que se de estricto cumplimiento a lo tipificado en la ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en su artículo 104, y en consecuencia, se celebre a cabalidad, una vez `presentado el acto conclusivo fiscal, con la fijación de los lapsos que allí se establecen, la Audiencia Preliminar prevista en la precitada Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y en consecuencia se celebre la Audiencia Preliminar por ante el Juzgado de Control de conformidad a lo preceptuado en el Artículo 104 de la precitada Ley Orgánica, todo .....