En consideración de los fundamentos anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de Sentencias y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del estado Falcón con sede en la ciudad de Santa Ana de Coro Administrando Justicia En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a sus atribuciones y competencias previstas en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, DECLARA EXTINGUIDA LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL, del ciudadano ALIRIO JOSE GARCIA GUTIERREZ, venezolano, titular de la cedula de identidad Nº V.-17.628.661, sentenciado a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS DE PRISION, mas las penas accesorias previstas en el articulo 16 del Código Penal, por la comisión del delito de EXTORSION POR RELACION ESPECIAL, previsto en el articulo 17 de la Ley Contra Secuestro y Extorsión, en perjuicio de la ciudadana JASMIN RODRIGUEZ, actualmente sometido a medida de arresto domiciliario conforme a las .....