Por todas las consideraciones expuestas, este TRIBUNAL SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, a cargo de su Juez Natural Abogado DANILO CHIRINO DIAZ, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la inhibición planteada por la Abg. ORILYS PALENCIA QUINTERO, en su condición de Jueza Suplente del Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro.
SEGUNDO: SE ORDENA la notificación de la presente decisión a la jueza inhibida, pese haber cesado en sus funciones como Jueza Suplente Superior Primero.
TERCERO: Este Juez Natural del Tribunal Superior Primero, a cargo del Abogado DANILO CHIRINO DIAZ, procede analizar la causa principal, signada bajo el No IP21-R-2025-000010, la cual según auto de fecha 20 de Junio del 2025, se había fijado Audiencia de Apelación.....