este Tribunal Cuarto de Control de la Circunscripción Judicial Penal del estado Falcón con sede en la ciudad de Coro, DECRETA LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD del ciudadano LISANDRO RAFAEL FERMÍN FIGUERA, por la comisión de los delitos de Extorsión en grado de Complicidad, previsto en el artículo 16 de la Ley Contra el Secuestro y la Extorsión en relación con el artículo 84.3 del Código Penal, Porte Ilícito de Arma de Fuego, previsto en el artículo 277 eiusdem y Asociación Ilícita para Delinquir, previsto en el artículo 6 de la Ley Contra la Delincuencia Organizada, ello por estar llenos los extremos exigidos por el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se ordena la tramitación de la presente causa a través del procedimiento ordinario previsto en los artículos 280 y 283 del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: Se declara con lugar la solicitud Fiscal de considerar y darle el carácter de prueba anticipada conforme al artículo 307 del Código Orgánico.....