Por las consideraciones anteriormente señaladas el Tribunal Primero de Primera Instancia Penal en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón en NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY Declara sin lugar el Pedimento de la Fiscal del Ministerio Público Abogada, HERMINIA ARRIETA, de la Constitución del Tribunal Unipersonal y se ratifica la Convocatoria para la Audiencia de Inhibiciones, Recusaciones y Excusas, de fecha 26 de Febrero de 2004 a las 09:00 A.M, todo de conformidad a lo establecido en el Artículo 49 de la Constitución de la República de Venezuela, en prefecta Armonía con los Artículos 4, 12, 86, 152, 153, 154 y 164 del Código Orgánico Procesal Penal del Código Orgánico Procesal Penal, Es Todo. Líbrense las Notificaciones respectivas. Cúmplase.
LA JUEZ PRIMERO DE JUICIO
ABG. SOLANGEL CASTILLO DE V.
LA SECRETARIA.
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