DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto este Tribunal Tercero de Primera Instancia Penal en funciones de Control del Circuito Judicial penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Resuelve:
Único: Conforme a lo dispuesto en el artículo 250 y 251 del Código Orgánico Procesal Penal, se decreta la medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad al ciudadano EDINSON ENRIQUE BRACHO MORALES, venezolano, de 20 años de edad, nacido en fecha 20-01-87, de oficio Ayudante de Albañilería, hijo de Amaya Ramona de Bracho y Pedro Adeliz Bracho Revilla, portador de la cédula de identidad Nro. 18.848.514, domiciliado en Santa Ana, sector CANTV, debajo de la antena, casa Nro. 89, Punto Fijo Estado Falcón, por la presunta comisión del delito de ROBO PROPIO, previsto y sancionado en el artículo 455 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano JOSUE AABRAHAM PEREZ HURTADO. Se ordena la tramitación del procedimiento .....