DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto este Tribunal Tercero de Primera Instancia Penal en funciones de Control del Circuito Judicial penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Resuelve:
Único: Conforme a lo dispuesto en el artículo 250 y 251 del Código Orgánico Procesal Penal, se decreta la medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad al ciudadano SEGUNDO GREGORIO NARANJO, portador de la cédula de identidad Nro. 15.141.473, de 27 años de edad, nacido en fecha 29-11-79 de profesión Taxista, hijo de Blanca de Naranjo y Gregorio Segundo Naranjo, domiciliado en las Piedras, calle Bolívar, casa N° 07, al lado del Ateneo de las Piedras y la Escuela de las Piedras, Punto Fijo Estado Falcón, a quienes se le atribuye la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal venezolano, en perjuicio del ciudadano SISOES MOLERO GUTIERREZ. Se ordena que el.....