Este Juzgado Quinto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: Se decreta LIBERTAD PLENA para el ciudadano RAMON VICENTE TOVAR GOMEZ, por cuanto el Ministerio Público no imputo delito alguno, de conformidad con el articulo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. SEGUNDO: Líbrese boleta del LIBERTAD PLENA, al ciudadano: RAMON VICENTE TOVAR GOMEZ. TERCERO: se decreta la aplicación del procedimiento para el juzgamiento de los delitos menos graves, de conformidad con el artículo 354 del Código Orgánico Procesal Penal.