este Tribunal Segundo de Control de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, ACUERDA al Ministerio Público la prórroga contenida en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, por el lapso de 15 días contados a partir del vencimiento de los treinta (30) iniciales, es decir ; dicho lapso comienza a correr desde el día 13 de abril del mes y año que discurre, a los efectos de que la Fiscalía Séptima del Ministerio Público presente el acto conclusivo a que haya lugar. Regístrese, publíquese, notifíquese a las partes de la presente decisión.