Por todos los argumentos antes expuestos este Tribunal Primero de Primera Instancia Penal en función de Control de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: ADMITE totalmente la acusación Fiscal presentada por la Fiscalía Segunda del Ministerio Público en contra del ciudadano JORGE LUIS SILVA COLINA, por el delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, Previsto y sancionado en el Artículo 218 del Código Penal Venezolano Vigente, ello por llenar los extremos del artículo 308 del Código Orgánico Procesal Penal. Se admiten y se declaran útiles, pertinentes y necesarias las pruebas ofrecidas por el Ministerio Público, testimoniales y documentales. SEGUNDO: ACUERDA, conforme a los artículos 43, 44, 45, 312 y 313 ordinal 8º del Código Orgánico Procesal Penal, a favor del acusado JORGE LUIS SILVA COLINA, la SUSPENSION CONDICIONAL DEL.....