Con fuerza en la motivaci¾n que antecede este Tribunal Mixto Primero de Juicio de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del estado Falc¾n, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, unßnimemente ABSUELVE a los ciudadanos JOSE RAFAEL VENTURA y DARWIN JOSE GARABAN, el primero de los nombrados Venezolano, nacido el 29 de mayo de 1984, de 21 a±os de edad, soltero, residenciado en la calle Venezuela, casa n·mero 10, Las Delicias de Boca de Aroa, estado Falc¾n y titular de la cÚdula de identidad V-18.049.374. Y, el segundo, Venezolano, nacido el 14 de agosto de 1985, de 20 a±os de edad, soltero, residenciado en Boca de Aroa, sector Las Delicias, calle San Juan, casa sin n·mero y titular de la cÚdula de identidad V-20.292.039, de la acusaci¾n Fiscal por el delito de ROBO, previsto y sancionado en el art?culo 458 del C¾digo Penal, todo de conformidad con lo previsto en el art?culo 366 del C¾digo Orgßnico Procesal Penal vigente y el principio general.....