Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Quinto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: 1.-) SIN LUGAR la solicitud interpuesta la Fiscal Segunda del Ministerio Público del Estado Falcón, mediante la cual pone a disposición de este despacho al ciudadano ARGENIS JOSE GONZALEZ AÑEZ, por la presunta comisión del delito LESIONES PERSONALES Y TRATO CRUEL, previstos y sancionados en los artículos 413 del Código Penal vigente, y 254 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y Adolescente, en perjuicio de MORELIS CAROLINA CHIRINOS y ARIANNYS GONZALEZ. 2.-) LA LIBERTAD PLENA del ciudadano ARGENIS JOSE GONZALEZ AÑEZ, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 44 ordinal 1° de la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela y Artículos 8, 9 y 243 del Código Orgánico Procesal Penal; y 3.-) Se ordena que la .....