Es por lo que este Juzgado primero de Primera Instancia Municipal en Funciones de Control del Estado Falcón, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, pasa a decidir en los siguientes términos y decreta: PRIMERO: Se acuerda la solicitud de la Representación Fiscal de seguirse el presente caso Mediante el Procedimiento de Juzgamiento de Delitos Menos Graves establecido en el artículo 354 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: se acuerda la LIBERTAD PLENA solicitada por el representante fiscal y defensa publica para el ciudadano: CRISTIAN JOSE ESTEVEZ SIERRA. Por no llenar los extremos del 236 del Código orgánico Procesal Penal. TERCERO: se acuerda la remisión del expediente a la fiscalia segunda del ministerio público para que prosiga con las investigaciones. Líbrese las correspondiente boleta de libertad, estampando el imputado sus dígitos pulgares de ambas manos