Por las motivaciones que preceden, este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal de Coro del Estado Falcón, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA LA EXTINCIÓN DE LA PENA a la Ciudadana: CARMEN LUCIA VILLAS DE SALAS, quien es Venezolana, mayor de edad, Domiciliada en la Calle Norte, Casa Nro. 78, Barrio Pantano Abajo, Coro, Estado Falcón y Titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 18.607.738, por la comisión del delito de TRÁFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS según lo establece el artículo 31 de la nueva Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas en su segundo aparte, en perjuicio del Estado Venezolano. Todo de conformidad con lo previsto en el artículo 479 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 105 del Código Penal venezolano. En consecuencia, cesan todas las medidas con respecto .....