En fuerza de los motivos de hecho y de derecho expuestos, este Tribunal impartiendo justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA:
PRIMERO: Sin lugar la apelación ejercida por el abogado Argenis Martínez Medina, en representación del ciudadano DOUGLAS ENRIQUE AÑEZ, contra la sentencia de fecha 08 de febrero de 2008, dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Transito de esta Circunscripción Judicial, y mediante la cual declaró con lugar la demanda de nulidad de contrato de préstamo intentada por la ciudadana MARLENE JOSEFINA NARANJO BLANCO contra el apelante y sin lugar la contrademanda incoada por aquel contra aquella.
SEGUNDO: Con lugar la demanda incoada por la ciudadana MARLENE JOSEFINA NARANJO BLANCO contra el ciudadano DOUGLAS ENRIQUE AÑEZ, y, en consecuencia, se declara la nulidad del contrato de compraventa celebrado entre ella y el demandado