Con fundamento en los hechos juzgados, las normas aplicadas, la jurisprudencia estudiada y los razonamientos y motivos que anteceden, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDA la apelación interpuesta por la Sociedad Mercantil HAFRAN SERVICIOS MÚLTIPLES, C. A.
SEGUNDO: SIN LUGAR el Recurso Ordinario de Apelación ejercido por la co-demandada Sociedad Mercantil COSTA NORTE CONSTRUCCIONES, C. A., contra la Sentencia de fecha 14 de noviembre de 2013, dictada por el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal y Transitorio del Circuito Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en la ciudad de Punto Fijo.
TERCERO: Se CONFIRMA la sentencia recurrida en todas y cada una de sus parte.....