Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad, en fecha 07 de diciembre de 2.001, por los ciudadanos MANUEL DE TEIXEIRA DA VARGEM y JOSÉ DÍAZ FERNÁNDEZ, titulares de las cédulas de identidad Nros V.- 6.296.909 y V.- 8.791.797, respectivamente, en su carácter de representantes legales de la Sociedad Mercantil "FUENTE DE SODA EL LEÓN S.R.L", inscrita ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 22 de agosto de 1975, bajo el Nº 86, Tomo 32, debidamente asistidos por el abogado VÍCTOR LAVIOSA PRU, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 14.318, y en consecuencia se declara la NULIDAD del acto administrativo contenido en la Resolución Nº 00000690, de fecha 19 de junio de 2001, emanada del Alcalde del Municipio Chacao del Estado Bolivariano de Mi.....