este Tribunal Penal de Primera Instancia, Estadales y Municipales en Funciones de Segundo del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se Declara con lugar la precalificación fiscal en contra del ciudadano MAXIMO ANTONIO ANTEQUERA ANTEQUERA, por el delito de APROVECHAMIENTO DE VEHICULO PROVENIENTE DEL ROBO previsto en el artículo 9 de la Ley Sobre el Robo y Hurto de Vehiculo Automotor, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO. En este estado se impone al imputado de las medidas alternativas a la prosecución del proceso, y en especial de la SUSPENSION CONDICIONAL DEL PROCESO, conforme a lo establecido en el artículo 361 del Código Orgánico Procesal Penal, manifestando los ciudadanos cada uno por separado: "ADMITO LOS HECHOS Y DESEO ACOGERME A LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO, me comprometo a cumplir las condiciones que me impongan .....