Por las razones antes expuestas, este Tribunal CUARTO de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO seguido contra: LAZARO NAVAS, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 2.306.057, residenciado en el Callejón Cristal entre Calle Aurora y Buchivacoa Barrio Chimpire, Casa s/n, de la Ciudad de Coro, estado Falcón, con motivo de la presunta comisión del delito de: LESIONES CULPOSAS EN ACCIDENTE DE TRANSITO, en perjuicio de: ALEXIS RIERA, y Declara Extinguida la Acción Penal en el presente asunto, de conformidad con el ordinal 3° del artículo 318 y el artículo 48 ordinal 8° ambos del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 108 ordinal 5° del Código Penal. Regístrese, Publíquese, Notifíquese y Remítase la causa al Archivo Judicial en la oportunidad legal correspondiente. Cúmplase.-