esta Corte de Apelaciones, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLINA LA COMPETENCIA ante la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, para conocer de la presente acción de amparo, ejercida por el ciudadano LUIS GUILLERMO OQUENDO, anteriormente identificado, acatando así doctrinas jurisprudenciales de la Sala Constitucional de nuestro Máximo Tribunal de la República, de conformidad con la norma contenida en el artículo 8 en concordancia con el cardinal 18 del artículo 5 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, por ser la competente para conocer, en única instancia, de las acciones de amparo incoadas contra la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia. Publíquese y Regístrese. Notifíquese a las partes intervinientes.