Por los razonamientos antes expuestos, éste Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal extensión Punto Fijo, con fundamento a su libre convicción, basadas en las reglas de lógica y máximas de experiencias, cumplidas las formalidades de ley Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; CONDENA al ciudadano: Endy Antonio Molina Morillo, Titular de la Cedula de Identidad N°V- 18.700.571, de 22 años de edad, nacido en fecha 1985, de profesión Lavador de Autos, hijo de Soleida Josefina De Morillo y Ramón Antonio Molina, domiciliado en El Barrio La Rosa, Calle Las Mercedes, Casa N° 28, Punto Fijo, Estado Falcón; a cumplir la pena de UN (01) año de prisión, mas las accesorias establecidas en el artículo 13 del Código Penal por el delito de Posesión Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacient.....