DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto este Tribunal Tercero de Primera Instancia Penal en funciones de Control del Circuito Judicial penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Resuelve:
Único: Conforme a lo dispuesto en el artículo 256 ordinales 3 y 4° del Código Orgánico Procesal Penal, decreta la medida Cautelares Sustitutivas de Libertad a la ciudadana, ALBA MARINA DE LOS DOLORES VIZCAYA AVILA, venezolana, de 45 años de edad, nacida en fecha 22-12-61, de profesión indefinida, hija de Olinda de Lugo y Efraín Lugo, domiciliado en el Sector Los Guayos, Urbanización Paraparal, quinta 2000, calle 59, casa Nro. 26, Punto Fijo, a quien se le atribuye la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONALES LEVES, previsto en el artículo 416 del Código Penal venezolano vigente, en perjuicio de la ciudadana MARY ANGELA FAJARDO HERNANDEZ, imponiéndose la prohibición de acercarse a la víctima o efectuar cualqu.....