Por todos los argumentos antes expuestos este Tribunal de Ejecución del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente de este Circuito Judicial Penal, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECRETA:
PRIMERO: Verificado que riela en el expediente oficio Nro 0435 de fecha 30 de Diciembre de 2008, (Folio 159) emanado de la Jefe del Centro de Formación Integral para Varones de la ciudad de Coro Estado Falcón en cual informa al Tribunal sobre la EVASIÓN (FUGA) por parte de dicho joven JESUS FERNANDO TORRES el día 29 de Diciembre de 2008, y siendo que este Tribunal visto lo anterior ordenó librar orden de Captura en su contra debidamente ratificada en fecha 10-10-2011, interrumpiendo con ello la prescripción del delito; este Tribunal pasa a realizar un computo sencillo de la sanción Privativa de libertad cumplida, por lo cual de una sumatoria se evidencia que desde el día 10-06-2008 (fecha de su aprehensión) hasta el dí.....