En consecuencia este Juzgado de conformidad con las normas supra transcritas, estima necesario REPONER LA CAUSA al estado de notificar nuevamente a las expertas designados por este tribunal en el auto de fecha 04 de noviembre de 2009 folio 56 de la segunda pieza, a los fines que ambas presente su aceptación y juramentación respectiva conforme a derecho. Asimismo, declarar la nulidad del auto fecha 23 de noviembre de 2009 en el cual ordenó agregar el escrito se presentado por la lic. Marys Guanipa, de aceptación y juramentación de ley. Igualmente la nulidad de todo los actuaciones posterior. Teniendo presente que las partes se encuentran a derecho solo se ordena notificar a las expertas contables designadas en el presente caso en el auto de fecha 4 de noviembre de 2009, y una vez conste su notificación comenzara EL LAPSO PARA QUE PRESENTE SU ACEPTACIÓN Y JURAMENTACIÓN. Así se decide. Dado, firmado y sellado en la sala de despacho del Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación.....