DECISIÓN
En merito de los fundamentos de hecho antes expuestos, éste Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana y Por Autoridad de la Ley, decreta:
PRIMERO: La INTERDICCIÓN PROVISIONAL del ciudadano RENATO ANTONIO PADILLA PEREZ, identificado UP SUPRA.
SEGUNDO: Se designa al ciudadano EUSTAQUIO GREGORIO BRACHO PADILLA, venezolano, mayor de edad, jurídicamente hábil, titular de la cédula de identidad Nº V-5.752.866 y con domicilio en la Ciudad de Pueblo Nuevo, Municipio Falcón del Estado Falcón, como TUTOR INTERINO del entredicho.
TERCERO: Se ordena seguir formalmente el proceso por los trámites del Juicio ordinario.
Déjese copia certificada del presente fallo en el archivo de este despacho.
Dado, firmado, sellado y refrendado en la sala del despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercant.....