Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE EJECUCIÓN DE ESTE CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO FALCÓN, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, concede al penado LUCAS GONZALO MARTINEZ, titular de la cédula de identidad N ° E-83.604.029, actualmente en recluido en el Internado Judicial de Falcón, el BENEFICIO DE SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, de conformidad con lo establecido en los artículos 493, 494, 495, 497 y 499 del Código Orgánico Procesal Penal. A tal efecto, líbrese boleta de traslado al Internado Judicial de Falcón, a los fines de imponer al penado del otorgamiento de dicho beneficio en la sede de este Circuito Judicial Penal en esta misma fecha a las 3:00 de la tarde. Se ordena el levantamiento del Acta de imposición a los fines de que se comprometa con el cumplimiento de las obligaciones impuestas en la presente decisión. Líbrese la respectiva boleta de Excarcelación. A tal.....