este Tribunal de Ejecución de Responsabilidad Penal de Santa Ana de Coro Estado Falcón Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Impone a los adolescente IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNA y IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNA, Al efectuar el referido cómputo se determina que hasta la fecha los adolescentes sancionados tienen privados de su libertad cuatro meses (04) y seis (06) días, faltándoles por cumplir siete (07) meses y veinticuatro (24) días