Por las consideraciones expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, y por autoridad de la ley, DECLARA: PRIMERO: Admitidas las pruebas promovidas por la Abg. ROSSYBEL CORDOBA, inscrita en el instituto de previsión Social del abogado bajo el No 115.115, en su carácter de abogada asistente del ciudadano: ROLANDO RAMON FLORES CHIRINOS, venezolano mayor de edad, e identificado con la cédula de identidad N° 11.472.066; a excepción de los alegatos referidos al Merito Favorable de las actas; y los Indicios y Presunciones. SEGUNDO: Se deja constancia que la parte demandada INSTITUTO NACIONAL DE SALUD AGRICOLA INTEGRAL (INSAI), ente adscrito al MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA AGRICULTURA Y TIERRAS, según Gaceta Oficial No 5890 de fecha 31-07-2008, no promovió elementos probatorios, pero por tratarse de .....