En consideración de los fundamentos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Ejecución Sección Penal Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, con sede en la Ciudad de Santa Ana de Coro, Administrando Justicia; En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley: Primero: de Oficio reforma el computo impuesto en fecha 04 de Octubre del 2012 en el que se le informa al joven del computo cumplido hasta ese momento en relación a la medida de Privativa de Libertad, imponiendo al Joven IDENTIDAD OMITIDA, actualmente recluido en la Entidad de atención Varones Coro. Por la comisión de los delitos de por el delito de Robo de Vehiculo Automotor y daños a la Propiedad previstos y sancionados en los artículos 5, con las circunstancias agravante establecidas en los numerales 2,3, y 10 del articulo 6 de la ley sobre el Hurto y Robo de Vehiculo Automotor, daños ala Propiedad previsto en el 473 del Código Penal, y de Trafico Ilícito de Sustan.....