En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Tribunal Primero (01) de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial con competencia en delitos de violencia contra la mujer de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Cumplidos los requisitos establecidos en el articulo 308 del Código Orgánico Procesal Penal, se admite totalmente la acusación presentada por la Representación Fiscal en contra del ciudadano GEORGE ALIRIO GARCIA CALVO, titular de la cédula de identidad Nº V.- 21.666.512, por los delitos de AMENAZA y VIOLENCIA FÍSICA, previstos y sancionados en los artículos 41 y 42, de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de SUSJEILIN MARIA BORGES PEROZO, titular de la cédula de identidad Nº V.- 24.590.597.
SEGUNDO: Se admiten totalmente y se declaran licitas, útiles, pertinentes y necesarias las prue.....