Por las razones de hecho y de derecho antes esbozadas, este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Silva, Monseñor Iturriza y Palmasola de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón con sede en Tucacas, NO ADMITE la SOLICITUD DE TITULO SUPLETORIO, presentada por el ciudadano DOUGLAS JOSÉ ARRIECHE ALVARADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 6.252.406, actuando en representación del ciudadano: JOSÉ GREGORIO CANELÓN SOTELDO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 5.133.538, asistido por el Abogado en ejercicio JOSÉ LUIS LÓPEZ, debidamente inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 231.620.