Esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que la Ley le confiere, DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por los Abogados SALVADOR JOSE GUARECUCO CORDERO, Y MILAGROS MONTENEGRO ROMERO, (anteriormente identificados), en su condición de Defensores Privados del ciudadano WILIAM EVANGELISTA HERRERA (anteriormente identificado), contra el auto dictado en fecha 12 de enero de 2012, por el referido Juzgado, mediante el cual decretó la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, solicitada por el Ministerio Pública, durante la celebración de la Audiencia de presentación, por la presunta comisión del delito de LESIONES GRAVES, tipificado en el articulo 42 y 65 numeral 2 de la Ley Orgánica sobre el Derecho a la Mujer a una Vida Libre de Violencia y 415 del Código Penal, en perjuicio de las ciudadanas MARIA GAB.....