Este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: Decreta PRIMERO: Se decreta la LIBERTAD SIN RESTRICCIÓN, virtud que no existe elemento de convicción al que se le pueda atribuir la presunta comisión de algún hecho punible. SEGUNDO: Se decreta la flagrancia, se continúa el proceso por la vía especial. Líbrese la correspondiente boleta de Libertad.